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SECCION 8 - DE LOS REGLAMENTOS TÉCNICOS AD 630.122/148
8.1. DE LAS CARGAS PERMANENTES Y ACCIDENTALES AD 630.122/125
8.1.1. AREA ACCIONES:
a) Reglamento CIRSOC 101: "Cargas y Sobrecargas Gravitatorias para el Cálculo de Estructuras de Edificios" Julio de 1982.
b) Reglamento 102: "Acción del viento sobre las Construcciones". Diciembre 1984, Fe de erratas 1994
c) Reglamento INPRES-CIRSOC 103: "Normas Argentinas para las Construcciones Sismorresistentes". Adaptación de la Ciudad de Buenos Aires, que se acompaña como Anexo I de la presente.
• RECOMENDACIONES
- Recomendación CIRSOC 102/1: "Acción Dinámica del Viento sobre las Construcciones", Julio de 1982
- Recomendación CIRSOC 105: "Superposición de Acciones" (Combinación de Estados de Carga), Julio de 1982. Fe de Erratas Diciembre de 1984.
- Recomendación CIRSOC 107: "Acción térmica climática sobre las Construcciones" Julio de 1982
8.1.2. AREA HORMIGÓN:
a) Reglamento CIRSOC 201 M: "Proyecto, Cálculo y Ejecución de Estructuras de Hormigón Armado y Pretensado para Obras Privadas Municipales", Agosto 1996. (Versión especial para su aplicación para las Obras Particulares)
• SIN RECOMENDACIONES
8.1.3. AREA ACERO:
a) Reglamento CIRSOC 301: "Proyecto, Cálculo y Ejecución de Estructuras de Acero para Edificios", Julio de 1982. Modificaciones y fe de erratas Diciembre 1984
b) Reglamento CIRSOC 302: "Fundamentos de Cálculo para los Problemas de Estabilidad del Equilibro en las Estructuras de Acero", Julio de 1982
• RECOMENDACIONES
- Recomendación CIRSOC 301/2: "Métodos Simplificados Admitidos para el Cálculo de las Estructuras Metálicas", Julio de 1982.
- Recomendación CIRSOC 302/1: "Métodos de Cálculo para los Problemas de Estabilidad del Equilibrio en las Estructuras de Acero", Julio de 1982
- Recomendación CIRSOC 303: "Estructuras Livianas de Acero", Agosto de 1991
8.1.4. Cargas totales mínimas a utilizarse en el cálculo
DEROGADO s/Ley N° 521 - B.O. (G.C.BA) 10/1/2001
8.1.5. Acción del viento
DEROGADO s/Ley N° 521 - B.O. (G.C.BA) 10/1/2001
8.1.6. Empuje de las tierras
a) Memoria de cálculo:
Es obligatoria la presentación de una memoria relativa a todo muro de sostenimiento (muros de sótano, muros divisorios en caso de fuertes desniveles entre predios linderos).
El criterio a seguir en el cálculo del muro será libre, debiendo mencionarse su origen.
DIAGRAMAS DE EMPUJE
[Ver imagen 1]
Se tendrán en cuenta todas las sobrecargas que puedan presentarse en el terreno. Para calcular los empujes horizontales ejercicios sobre paredes rígidas de sostén impedidas de rotar por su apoyo inferior o desplazarse se aplicarán los diagramas de la figura 8.1.6.a) (1), (2), (3), (4).
Cuando por el tipo de vinculación la naturaleza de la estructura de contención permita una rotación por la base o un desplazamiento como en los muros de sostenimiento con coronamiento libre, el empuje se determinará utilizando el diagrama (5).
Para los suelos sumergidos deberá considerarse el empuje que pueda ejercer el agua contenida en los poros.
b) Teoría de cálculo de un caso particular:
Cuando no fueren necesarios los ensayos, puede calcularse mediante la teoría de Coulomb, el empuje que un terreno horizontal ejerce sobre un paramento vertical.
1. Recta de acción:
El empuje E actúa a h (h = desnivel de los terrenos) con una dirección inclinada de  
sobre la horizontal ( ° = ángulo de talud natural).
2. Intensidad:
Se utilizará la fórmula siguiente:

donde:
E = empuje del terreno, expresado en toneladas por metro lineal de frente de muro;
]t = peso específico de la tierra, expresado en t/m3;
h = altura de tierra contenida por el muro, expresada en metros;
° = ángulo de talud natural de la tierra.
Para los terrenos más frecuentes se utilizan los valores de la Tabla.
Clase de terreno |
y t |
° |
Tierra de aluvión seca |
1,4 |
40° |
Tierra de aluvión mojada |
1,65 |
30° |
Tierra colorada compacta |
1,6 |
40° |
Arcilla seca |
1,6 |
40° |
Arcilla mojada |
2,0 |
20° |
Arena seca |
1,6 |
31° |
Arena húmeda |
1,86 |
40° |
Arena mojada |
2,1 |
29° |
Gravilla seca |
1,7 |
30° |
Gravilla húmeda |
2,0 |
25° |
Piedra partida |
1,3 |
45° |
Arena gruesa bajo agua descontando la influencia
de esta última 2,1 1 = |
1,1 |
25° |
Gravilla, íd., íd., 1,86 1 = |
0,86 |
0° |
Agua |
1,0 |
0° |
Interpretación gráfica
[Ver imagen 7]
8.1.7.0. Cimientos de estructuras AD 630.123
8.1.7.1. Bases dentro de los límites del predio
Las bases de las estructuras resistentes deben proyectarse y ejecutarse dentro de los límites del predio, salvo las que correspondan al frente, sobre la L.M., cuyas zarpas y zapatas pueden avanzar lo establecido en "Perfil para cimientos sobre la Línea Municipal".
8.1.7.2. Pilotes hincados
En el proyecto se mencionará el pilotaje tipo a utilizarse, así como las características de la hinca.
En los pilotes hincados se tendrá en cuenta que los asientos provocados por la deformación del suelo resulten compatibles con la función a que está destinada la estructura.
Cuando la carga admisible se determine en función de los parámetros que definen la resistencia a rotura de los suelos interesados, las fórmulas de capacidad de carga serán afectadas de un coeficiente de seguridad igual o mayor de 2,5. Este valor podrá diminuirse a 2 cuando en la determinación de la carga que solicita la fundación se considere la acción del viento.
Los coeficientes de seguridad mencionados sólo podrán diminuirse cuando el estudio de suelos se complemente con un adecuado programa de ensayo de carga. No obstante, en ningún caso podrá el coeficiente de seguridad para las cargas principales más el viento ser menor de 1,6.
La profundidad a alcanzar con la punta de los pilotes será determinada en función del estudio del suelo, las características de los pilotes a usar y de la carga a resistir. Será controlada en obra mediante la obtendión de un rechazo adecuado resultante del perfil del suelo. Para pilotes cuya punta penetre dentro de suelos no cohesivos, este rechazo podrá determinarse utilizando la siguiente fórmula de hinca:
[Ver imagen 8]
donde:
P = Capacidad de carga admisible del pilote en toneladas.
Q = Peso del martillo en toneladas.
q = Peso del pilote más el capacete en toneladas.
E = Energía del martillo en toneladas centímetros.
s = Rechazo o penetración del pilote en centímetros debido a los últimos 10 golpes.
Las cargas inclinadas se absorberán, en general, mediante pilotes inclinados. Sin embargo, para pilotes de hormigón armado unido a un cabezal y embebidos en el terreno con una armadura igual o mayor de 0,5% de sección tansversal bruta, podrá aceptarse que cada pilote alcanza a soportar una carga horizontal H de hasta H (Kg) = h2 (cm2) para pilotes cuadrados o H (Kg) = (0,8 h)2 (cm2) para pilotes circulares. Siendo h el lado del pilote cuadrado o el diámetro del pilote de sección circular, según corresponda.
Sólo podrán asignárseles la absorción de cargas horizontales mayores mediante la justificación por cálculo o por ensayos de carga.
8.1.7.3. Pilotes colados y/o pozos de fundación
Los pilotes colados y/o pozos de fundación se calcularán previendo que los asientos provocados por la deformación de los mismos sean compatibles con la función a que está destinada la estructura que soportan.
Cuando la carga admisible se determine en función de los parámetros que definen la resistencia o rotura de los suelos interesados, para las cargas principales (peso propio y sobrecarga), las fórmulas de capacidad de carga serán afectadas de un coeficiente de seguridad igual o mayor de tres. Este valor podrá disminuirse hasta 2,5 siempre que en la determinación de la carga que solicita la fundación se considere la acción del viento. En la estimación de la fricción lateral se tendrá en cuenta el efecto del relajamiento de tensiones horizontales provocados por la excavación del pozo o la perforación y el eventual ablandamiento de las paredes debido al método de excavación o perforación empleado y/o a la absorción de agua al entrar las mismas en contacto con el hormigón fresco durante su vaciado. A menos que se pruebe lo contrario con ensayos de carga adecuadamente instrumentados, la resistencia específica de fricción lateral en rotura no podrá tomarse mayor de 1 Kg/cm2.
Los coeficientes de seguridad mencionados más arriba sólo podrán disminuirse cuando el estudio de suelos se complemente con un adecuado programa de ensayos de carga. No obstante en ningún caso podrá el coeficiente de seguridad para las cargas principales más el viento ser menor de 2.
8.1.8.0. Hipótesis de carga en columnas
DEROGADO s/Ley N° 521 - B.O (G.C.B.A) 10/1/2001
Norma anterior (AD 630.124)
8.1.8.1. Reducción de sobrecargas en columnas
DEROGADO s/Ley N° 521 - B.O (G.C.B.A) 10/1/2001
8.1.8.2. Columnas aisladas en las aceras
DEROGADO s/Ley N° 521 - B.O (G.C.B.A) 10/1/2001
8.1.9. Designación de los elementos resistentes que corresponden a los pisos
DEROGADO s/Ley N° 521 - B.O (G.C.B.A) 10/1/2001
Norma anterior (AD 630.125)
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